ALOJAMIENTOS
EN CARLOS PAZ
Todos escuchamos hablar de
cabañas, hoteles, hosterías, etc. pero que son en realidad?, que es lo que nos
deben ofrecer cada una de estas categorías?. Cuáles son los servicios que deben
estar incluidos al momento de pagar una tarifa?. A continuación le detallaremos
los requisitos que deben reunir estas categorías, según Decreto 1359/00 de la
Ley 6483, de la provincia de Córdoba.
CABAÑAS
O APART-CABAÑAS: son aquellas unidades de alojamiento independientes y
aisladas una de otra (en algunos casos pueden existir hasta 2 cabañas juntas).
Deben contar con: dormitorio, baño, cocina y estar comedor equipados, cochera y
parrillero. Las cabañas se encuentran alejadas del centro de la ciudad, ya que
la intención es ofrecer al turista espacios verdes, tranquilidad, contacto con
la naturaleza, etc. son muy convenientes para familias con chicos (para que
puedan correr, jugar, etc.). La tarifa puede incluir solo alojamiento o
múltiples servicios como: desayuno, mucama, spa, sala de juegos, piscina, etc.
Hay Cabañas de 1, 2 y 3 estrellas.
HOTELES: Los Hoteles brindan alojamiento en
Habitaciones individuales con baño privado, Departamentos o Suite. Deben
brindar como servicios obligatorios: Desayuno y servicio de Mucama. El
Estacionamiento está reglamentado, pero por lo general no todas las
habitaciones poseen una cochera individual, la ley exige entre un 50% a un 25%
de cocheras, tanto internas como externas (hasta 1 cuadra del Hotel). En Villa
Carlos Paz, encontraremos establecimientos de 4, 3, 2 y 1 estrella, la mayor
cantidad se encuentra en la periferia del centro de la ciudad, hay más de 300
hoteles y lideran por mayoría los de 2 estrellas.
HOSTERIAS
Y/O POSADAS: La única diferencia con los Hoteles, es
que no deben superar un máximo de 10 habitaciones. Las Hosterías son atendidas
por sus dueños, los cuales viven en el establecimiento, la atención es
personalizada y se obtiene un buen descanso gracias a la tranquilidad. Podemos
encontrar Hosterías o Posadas de 1 a 3 estrellas.
APART-HOTEL: Son unidades de alojamiento con baño
privado, que además permiten la elaboración, consumo y conservación de
alimentos dentro de la unidad, esto quiere decir que además de lo que brinda un
Hotel, también encontrara en la habitación el debido equipamiento de cocina y
estar-comedor.
CONJUNTO
DE CASAS Y/O DEPARTAMENTOS: estas unidades no tienen la obligación de brindar
ningún tipo de servicio extra como desayuno, ropa de cama, etc., aunque algunas
para ofrecer un mejor servicio lo hacen. Este alojamiento se contrata a través
de una inmobiliaria o personas debidamente habilitadas, ya que debe estar todo
legalizado para que no existan sustracciones, ni violaciones de terceros en la
propiedad alquilada, se debe realizar un contrato temporal, el cual protegerá
al turista de cualquier robo o pérdida de objetos del lugar. MUY IMPORTANTE, NUNCA CONTRATAR ALOJAMIENTO
DE ESTE TIPO EN LA VIA PUBLICA!.
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